La Corte Constitucional falló tutela a favor de
Angelino Garzón
Por considerar que el ex gobernador del Valle,
Angelino Garzón, se vio afectado en su buen nombre y su honra por una columna
de opinión publicada por el periodista Diego Martínez, en la que se acusaba al
funcionario de generar detrimento patrimonial al departamento, la Corporación
ordenó la rectificación de la información en condiciones de equidad tal como lo
establece la Ley.
En el artículo publicado el 18 de
abril de 2008, en el diario
El País de Cali y denominado “La Herencia de Angelino”, el comunicador expresa
que Garzón omitió el pago oportuno de un laudo arbitral mediante el cual se
dirimió el conflicto relacionado con la construcción de la doble calzada
Cali-Candelaria, cuya consecuencia fue el pago de intereses moratorios que
generaron un detrimento patrimonial significativo para el Valle.
Para el periodista, el hecho de no haber cancelado a
tiempo dichos recursos genera que el departamento corra el riesgo de pagar
hasta 51.000 millones de pesos y no 21.000 millones de pesos, tal como fue
pactado inicialmente.
En esa misma columna, Martínez también habla del lío
que, supuestamente, Garzón armó entre los empresarios del Chance por el pésimo
manejo que le dio una licitación adjudicada a finales de 2006.
“La concesión se la ganó Colombiana de Apuestas, pero
Angelino obligó a esa empresa a partir el negocio con Apuestas Azar, de su
amigo Roberto Ortiz, un personaje que solía asistir a los concejos de gobierno
de Garzón, a pesar de que no ocupaba ningún cargo en esa administración”.
Para Martínez, esa ‘salomónica’ adjudicación desembocó
en un grave enfrentamiento entre los empresarios del sector, al punto que se
generaron hasta atentados.
El trámite de tutela se surtió luego de que el
periodista se negara a rectificar la información a pesar de haber recibido una
carta en la que Garzón realizaba dicha solicitud.
El proceso llegó a la Corte Constitucional luego de
surtir varios trámites e instancias en distintos juzgados de la capital del
Valle. La Juez Novena Civil Municipal de Cali fue quien conoció el caso en
primera instancia y, en ese momento, consideró que el Diario regional debía ser
involucrado en el proceso.
Posteriormente, fue enviado al Juzgado 13 Civil del
Circuito de esa ciudad, el cual se pronunció en contraposición a la apreciación
anterior, aduciendo que la vinculación de “El País” era innecesaria, porque la
tutela iba dirigida exclusivamente contra el columnista y así lo ratificó el
actor mediante escrito dirigido. La tutela posteriormente pasó al Tribunal
Superior y luego regresó al Juzgado Trece civil del Circuito de Cali que
vinculó a todas las partes y en fallo del 18 de julio de 2008, concedió la protección de los derechos fundamentales
a la honra, al buen nombre, a la presunción de inocencia y al derecho a la
rectificación en condiciones de equidad, en favor del ex gobernador.
La providencia fue enviada posteriormente a la Sala
Cuarta de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional, la cual se encargó de
tomar la decisión en última instancia.
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